La Sociedad por Acciones Simplificada fue creada mediante la ¨Ley de Apoyo al Capital Emprendedor¨ y tiene varios beneficios que favorecen su uso:
- Con la Inscripción automáticamente se obtiene el Cuit y el Registro Societario. Por lo cual se evita transitar por varios organismos para su constitución. Por lo tanto su constitución es más rápida que las sociedades tradicionales.
- El trámite se realiza íntegramente en medios digitales, lo cual también favorece la rapidez.
- Los costos son menores que el de las conocidas Sociedades Anónimas o Sociedades de Responsabilidad Limitada. Tiene un capital mínimo que equivale solamente al valor de dos salarios mínimos. Inclusive se puede incluir el costo de trámite de constitución como parte del capital inicial.
- La puede constituir una sola persona. No requiere un mínimo de dos socios como las anteriores S.A. o S.R.L. Existe un estatuto modelo que se puede utilizar. Por evita contratar la redacción de un estatuto.
- Los estados contables y el balance anual se presentan en formato digital, ahorrando papel y tramitación.
Si bien todas estas ventajas son reales, al momento de ejecutar la creación es importante estar asesorado por profesionales con experiencia. Tengamos en cuenta que al ser toda la tramitación digital, requiere conocer muy bien como completar cada formulario. Los posibles errores son difíciles de corregir luego de presentado el trámite.
Nuestro estudio contable, acompaña a las Pyme desde su inicio, para facilitar cada paso de su creación.
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